El fallo del Supremo sobre gastos hipotecarios llega a las agencias de rating

Sede del Tribunal Supremo

El reciente fallo del Pleno de la Sala Primera de lo Civil Tribunal del Tribunal Supremo de febrero de 2018 que, frente a anteriores sentencias de la Audiencia Provincial de Oviedo, libera a los bancos del pago del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en la constitución de una hipoteca es considerada por la agencia de rating Scope como un fallo que alivia a los bancos de las cargas que podrían haber supuesto las demandas asociadas a las anteriores sentencias, que estima en un riesgo de 32.000 millones de euros.

Según esta agencia europea de rating, el riesgo en el que podrían haber incurrido los bancos españoles por dichas demandas se ve ahora aminorado, aunque les aconseja que realicen determinadas provisiones para cubrir las reclamaciones que puedan finalmente derivarse de esta cuestión.

Seria amenaza

Las anteriores sentencias de 2015 mantenían que resultaba abusivo obligar a los clientes a pagar los gastos de originación de un crédito hipotecario, incluido el el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, convirtiéndose en una seria amenaza de futuros quebrantos para la banca.

Por contra, el fallo del Supremo del mes de febrero de 2018  señala que no existe tal abuso por parte de los bancos en el cobro al cliente del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados asociado a la constitución de una hipoteca aunque los gastos del timbre de Notaría deberá pagarse entre las dos partes, banco y cliente, a partes iguales.

El fallo del Supremo libera a los bancos de provisionar hasta donde podían haber llegado con la primera sentencia

Mientras el daño reputacional ocasionado a la banca en los últimos dos años por esta cuestión es difícilmente reparable, lo dictaminado por el Supremo libera a los bancos de provisionar por esta cuestión, al menos hasta los límites a los que podían haber llegado los reembolsos que hubieran tenido que realizar de acuerdo con las demandas y reclamaciones a las que habían dado lugar las anteriores sentencias.

Scope afirma que, aunque los clientes puedan reclamar algunos de los gastos, la parte que puede ser reclamada tras el fallo del Supremo es notablemente inferior a la que se preveía con la anterior, por lo que “no espera una avalancha de demandas. Por lo tanto, el impacto en los bancos debería ser limitado”, concluye.

Tras la crisis “ha surgido una cultura de litigación en España

“Esperamos que los bancos acumulen provisiones, pero éstas deberían ser manejables, especialmente luego del fallo de 2018”. Sin embargo, advierte que tras la crisis “ha surgido una cultura de litigación en España, creando un riesgo de litigio así como un impacto financiero negativo y un riesgo reputacional para los bancos”.